Atención remota en pandemia ¿Cuál es el marco normativo que la regula?

30-11

El 3° Seminario Repositorio APS organizado por la Escuela de Salud Pública de la U. de Chile y el proyecto Teletriage en APS reunió a tres especialistas en los marcos legales que rigen la telemedicina y la atención a distancia. Abogado, ingeniero y médico expusieron las herramientas existentes en la Atención Primaria de Salud (APS).

El virus que causa COVID-19 llegó sin aviso previo y en pocas semanas la Atención Primaria de Salud (APS) buscaba alternativas para seguir atendiendo a los usuarios y pacientes en sus territorios. Al igual que en otros sectores de la salud, la atención a distancia fue una opción y una herramienta que hoy sabemos permanecerá en el tiempo. En este escenario, conocer las leyes que la regulan es clave.

El miércoles pasado,  a través de Youtube, se realizó el 3° Seminario Repositorio APS organizado por la Escuela de Salud Pública de la U. de Chile.

En él expusieron Juan Alberto Lecaros, Abogado de la U. de Chile y director del Observatorio de Bioética & Derecho de la Universidad del Desarrollo; Francisco León, Ingeniero Civil Industrial de la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC), Magíster en Dirección y Gestión de Servicios de Salud, Jefe de la División de Desarrollo Institucional del Fondo Nacional de Salud (Fonasa); Mauricio Soto, Médico de Familia, profesor del Departamento de Medicina Familia y miembro de la Unidad de TeleSalud de la Red Áncora de la PUC.

Junto a ellos, estuvieron presentes María Soledad Martínez, Médico Salubrista, PhD in Health Service and Policy Analysis, Profesora de la Escuela de Salud Pública de la U. de Chile, y Blanca Velasco, Economista y experta en innovación, tecnologías y salud pública, ambas Directora y Coordinadora del Proyecto Teletriage en APS, respectivamente. El panel fue moderado por María Loreto Rodríguez, Ingeniera Civil Química e Ingeniera Civil en Biotecnología, consultora en Telemedicina, colaboradora en el Proyecto Teletriage en APS.

Los tres expositores coincidieron en que la pandemia apuró el salto de la atención presencial a la remota y, pese a que no existe normativa específica, sí hay leyes que se aplican.

A juicio de Lecaros, en la práctica no se trata solo regulación jurídica, también buenas prácticas y ética clínica. “Todo esto en conjunto, con normas de distinto nivel, más las normativas internacionales de la Asociación Médica Mundial, de la OMS, pero también nuestra regulación”, se deben considerar para desarrollar telemedicina y telesalud.

“No tenemos una normativa específica de telemedicina y telesalud, solo una normativa especial para la contingencia pandemia COVID. ¡Estamos en un proceso de desarrollo regulatorio!, indicó Lecaros.

Entre las normativas generales que regulan a la telemedicina y telesalud, el abogado mencionó la Ley de Deberes y Derechos de los Pacientes, la Ley de Protección de Datos y la de Documentos Electrónicos, además de las que han surgido en los últimos meses como parte de las nuevas normativas por pandemia.

Para el mínimo cumplimiento de una buena atención, Lecaros señaló algunos puntos esenciales que el regulador el día de mañana va a tener que contemplar en la normativa específica. Entre ellos, destaca la verificación de la identidad del paciente y del profesional de salud; la información por atención a distancia y consentimiento adecuado a la atención a distancia); privacidad, confidencialidad, seguridad de los datos que asegure que no haya escape de información; suficiencia de la información y continuidad del cuidado (porque se debe considerar que no toda la atención remota es resolutiva, pero debe dar continuidad); y por último, la prescripción electrónica a la que, en esta crisis sanitaria, se le bajó el nivel de exigencia.

En palabras del Jefe de la División de Desarrollo Institucional del Fondo Nacional de Salud, Francisco León, la pandemia vino a acelerar los procesos remotos y demostró que la tecnología de las cosas y las cosas remotas empiezan a mejorar la calidad de vida de las personas. “Tenemos que empezar a innovar. En 2020 incorporamos telemedicina para siete códigos”, luego vino la pandemia y actualmente son 41 las intervenciones.

Según León, “el marco legal se irá construyendo de a poco” y de acuerdo a la experiencia vivida en COVID, “las mejoras serán continuas”. En el futuro cercano, añade, el objetivo es seguir manteniendo teleconsulta por lo que se hace necesario pensar en una buena ley de datos porque la actual es “súper básica” y la telemedicina producirá muchos datos.

El tercer expositor, el médico de familia y miembro de la Unidad de TeleSalud de la Red Áncora de la PUC, doctor Mauricio Soto, coincide en que en el último tiempo se ha avanzado mucho.

Desde la experiencia que han tenido en Ancora, Soto destaca las oportunidades para el uso de tecnologías de información en APS, como la continuidad de cuidados, integración de la información y estrategias de telesalud.

“Tenemos que trabajar en los medios para poner las tecnologías de la información al alcance de las personas y que sea útil y seguro. Las TICs deben tener una regulación mayor”, que los registros electrónicos cuenten con cierta seguridad sobre los datos de los pacientes, explica el doctor Soto.

Al cierre, Blanca Velasco señaló “creo que es muy importante construir una ciudadanía digital cuidando dos cosas, el valor público de la información y la información privada, preservándola”, refiriéndose a que cada día vamos a estar más involucrados en este tipo de proyectos, y que las definiciones debieran orientarse más allá de la legalidad para construir confianza. Para ello, los protocolos éticos y las habilidades comunicacionales, serán herramientas complementarias.

Para revivir este interesante encuentro visita el canal Youtube de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Chile en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=lsRMtB9Wxdc

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